En la aplicación de una ciencia inexacta y compleja como la medicina, ejecutada sobre el cuerpo humano, que es un ser vivo que experimenta mutaciones y reacciones diversas a los fármacos, tratamientos e intervenciones quirúrgicas según cada particular condición humana, es evidente, que en una reclamación de responsabilidad sanitaria, el Juez o Tribunal que tiene que decidir sobre la misma, debe estar auxiliado de un profesional o profesionales, que con rigor, independencia y objetividad expresen cuál es su parecer respecto de todas aquellas dudas que surjan en lo que era correcto y procedente realizar conforme a la lex artis ad hoc (lo exigible científicamente en cada caso), en lo que no se ajustó a lo exigido, por impericia, descuido o negligencia, y finalmente en aquello que el facultativo o personal sanitario debería haber realizado, pero no se hizo y omitió pese a estar profesionalmente indicado.
Se denominan peritos a aquellas personas cualificadas por razón de sus conocimientos especializados en determinadas artes, ciencias, técnicas o prácticas. Entendemos por pericia o actividad pericial aquella desarrollada por peritos con el fin de verificar todo tipo de datos relativos al enfermo, describir patologías, objetivar secuelas e ilustrar a jueces y magistrados acerca del alcance y carácter invalidante de las mismas en relación con su actividad laboral habitual o en relación a la compatibilidad con el desarrollo de cualquier trabajo. En este sentido, el resultado del trabajo del perito se plasma en un dictamen pericial que se aporta al proceso judicial, siendo necesario que sea ratificado en el acto del juicio por el perito firmante para lograr la máxima eficacia, sin perjuicio de la libre valoración que pueda efectuar el órgano judicial.
Los tribunales valorarán los dictámenes periciales conforme a las reglas de la sana crítica, teniendo en cuenta que no están vinculados por el dictamen pericial a la hora de dictar sentencia, sino que se valoraran teniendo en cuenta todas las pruebas practicadas en el proceso, haciendo una valoración conjunta de todas ellas.
MORATALLA ABOGADOS, especialistas en Derecho Sanitario, le asegura un trato profesional y minucioso en la selección y elección de peritos especialistas en la materia objeto del conflicto derivado del acto o tratamiento médico, con el objeto de poder dilucidar si la actuación fue llevada a cabo conforme a la lex artis ad hoc (lo exigible científicamente en cada caso).