Responsabilidad de los profesionales sanitarios

Determinados actos realizados en la práctica médica, cuya naturaleza y resultados sean contrarios a sus deberes, por incumplimiento de los medios y/o cuidados adecuados en la asistencia del paciente, pueden adquirir en determinadas ocasiones relevancia jurídica.

La Responsabilidad Médica significa la obligación que tiene el médico de reparar y satisfacer las consecuencias de sus actos, omisiones y errores voluntarios o involuntarios, dentro de ciertos límites y cometidos en el ejercicio de su profesión; sin embargo, el médico puede cometer errores, los mismos que no serán reprochables –ética y legalmente-, si ha tratado al paciente con los medios adecuados, con los conocimientos actuales y siguiendo las normas que su deber le imponen.

    Por responsabilidad hemos de entender la obligación de reparar un daño causado. Dentro del ámbito sanitario se suelen distinguir los siguientes tipos de responsabilidad:
  • Responsabilidad Penal
  • Responsabilidad Civil
  • Responsabilidad Deontológica
  • Responsabilidad Disciplinaria
  • Responsabilidad Patrimonial de la administración sanitaria

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